20 de octubre de 2018
ECDF 2018 - 2019: Conoce el cronograma publicado por MEN
Cada año, docentes, directivos docentes, docentes tutores, directivos sindicales y docentes orientadores oficiales, regidos por el Decreto Ley 1278 de 2002, participan en el proceso de Evaluación de Carácter Diagnóstico Formativo - ECDF, que determinará si son ascendidos o reubicados salarialmente.
La ECDF se define como un proceso de reflexión e indagación que identifica las condiciones, los aciertos y las necesidades en que se realiza el trabajo de los docentes. Tiene el objeto incidir positivamente en la transformación de la práctica educativa pedagógica, directiva o sindical y favorecer los avances en los procesos pedagógicos y educativos en los establecimientos educativos.
Para este año, el Ministerio de Educación de Colombia ha publicado el Proyecto Resolución que establece el cronograma de actividades para el proceso de evaluación ECDF para el ascenso de grado o la reubicación de nivel salarial de los educadores oficiales regidos por Decreto Ley 1278 de 2002.
Proyecto de Resolución
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el parágrafo del artículo 35 del Decreto Ley 1278 de 2002, en los artículos 2.4.1.4.2.1 y 2.4.1.4.3.2 del Decreto 1075 de 2015, y
CONSIDERANDO
Que mediante el Decreto Ley 1278 de 2002 se expidió el Estatuto de Profesionalización Docente, el cual regula las relaciones entre el Estado y los docentes y directivos docentes que prestan sus servicios en las instituciones educativas oficiales de preescolar, básica y media que hacen parte de las entidades territoriales certificadas en educación.
Que el mencionado Decreto Ley consagra en su artículo 35 y en el numeral 2 del artículo 36 la Evaluación de Competencias como el mecanismo voluntario que evalúa la práctica educativa y pedagógica por los educadores oficiales en su puesto de trabajo, con el fin de lograr su ascenso de grado o reubicación en el Escalafón Docente.
Que el Decreto 1657 de 2016 subrogó las secciones 1, 2, 3 y 4 del Capítulo 4, Título 1, Parte 4, Libro 2, del Decreto 1075 de 2015, Único Reglamentario del Sector Educación, en donde se regula la evaluación de que trata el artículo 35 y el numeral 2 del artículo 36 del Decreto Ley 1278 de 2002, atribuyéndole a la misma un carácter diagnóstico formativo.
Que dentro de las responsabilidades dispuestas en el artículo 2.4.1.4.2.1 del Decreto 1075 de 2015, al Ministerio de Educación Nacional le compete definir el cronograma de actividades de la evaluación y en virtud de ello procede a fijarlo para la para la evaluación de carácter diagnóstico formativa (ECDF), para los educadores que cumplan con los requisitos estipulados en el artículo 2.4.1.4.1.3 ibidem.
Que para la fijación de este cronograma se deben tomar en cuenta las responsabilidades de las entidades territoriales certificadas en educación y las etapas en este proceso, consagradas respectivamente en los artículos 2.4.1.4.2.2 y 2.4.1.4.3.1 del Decreto 1075 de 2015.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE
Artículo 1. Cronograma. Fíjese el siguiente cronograma de actividades para el proceso de evaluación de carácter diagnóstico formativa para el ascenso de grado o reubicación de nivel salarial de los educadores regidos por el Decreto 1278 de 2002, de conformidad con lo preceptuado por el artículo 35 y el numeral 2 del artículo 36 del Decreto Ley 1278 de 2002:
Fuente: https://grupogeard.com/blog-post.php?slug=ecdf-2018-2019-cronograma-men

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