03 de agosto de 2020
En qué se diferencia la Convocatoria Municipios Priorizados para el Posconflictos
Aunque en los concursos de mérito, históricamente, se ha cobrado el derecho a participar en la convocatoria, pero en este caso los aspirantes a un cargo público en los municipios priorizados no tendrán que aportar un pago monetario por derecho de participación. El dinero serviría para financiar parte de los gastos asociados para las convocatorias, pero el gobierno nacional se encargará de cubrir esto gastos.
En la normativa específica existen 2 tipos de requisitos:
Generales: Son los requisitos que deben ser cumplidos por todos los aspirantes sin importar las especificaciones al cual busques aplicar, en este caso:
Estos requerimientos que son específicos y pueden ser diferentes entre vacantes, por ejemplo, los requerimientos de años de experiencia laboral, credenciales profesionales (mientras que para una vacante el aspirante debe ser como mínimo bachiller, para otra se puede requerir ser profesional). Es primordial verificar muy bien que el perfil laboral del candidato cumpla con todos los requisitos para el empleo que se va a aplicar.
Con el objetivo de aumentar la accesibilidad de este concurso y promover el mérito en las zonas afectadas por el conflicto armado en las Convocatorias 828 a 979 y 982 a 986 de la CNSC – Municipios Priorizados para el Posconflicto, conforme a lo previsto en el artículo 24° de los acuerdos de convocatoria: En los municipios de quinta y sexta categoría, las pruebas básicas y funcionales tienen un peso del 70%, las pruebas comportamentales de 30%, como en esta convocatoria se busca dar igualdad de oportunidad a todas las personas, no habrá valoración de antecedentes, no se tomará en consideración experiencia, ni estudios adicionales a los de requisitos mínimos.
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Fuente: https://grupogeard.com/blog-post.php?slug=diferencia-convocatoria-municipios-priorizados-posconflictos

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