10 de noviembre de 2020
¿En qué consiste el proceso de evaluación docente anual?
¿Aspiras a trabajar como docente o directivo docente en servicio educativo estatal? Entonces debes mantenerte alerta sobre todas las novedades del concurso Docentes y Directivos Docentes 2020, incluido dentro del listado de próximas convocatorias por la CNSC.
Debes saber que las personas que se encuentran en Escalafón Docente se encuentran vinculadas con el Estado por medio de un sistema de carrera especial, que se diferencia de las condiciones de un empleado público de carrera administrativa por varias características: una edad de jubilación más temprana y una forma de evaluación docente anual. En esta ocasión, te contaremos un poco sobre esta última.
La evaluación del desempeño laboral
Puede definirse como la ponderación o resultado del grado de cumplimiento de las funciones y responsabilidades propias del cargo de un docente o un directivo docente. Está orientada a la medición objetiva de la calidad, los resultados de sus estudiantes y los méritos excepcionales. Para garantizar la objetividad en la evaluación, uno de sus instrumentos fundamentales es la carpeta de evidencias.
A continuación, algunos datos importantes sobre la evaluación de desempeño:
Marco normativo
La evaluación del desempeño laboral de los docentes y directivos docentes está regulada por el Decreto Ley 1278 de 2002.
El Acuerdo 6176 de 2018 de la CNSC, expedido para establecer el Sistema Tipo de Evaluación del Desempeño Laboral, solo aplica para los empleados de carrera administrativa y no para los docentes y directivos docentes, toda vez que estos empleados tienen un Sistema Especial de Carrera Docente.
Término
La evaluación anual u ordinaria debe ser realizada al terminar cada año escolar a los docentes o directivos docentes que hayan trabajado en la Institución Educativa por más de 3 meses durante el respectivo año académico.
Responsable de la evaluación
La evaluación del desempeño laboral de los docentes está a cargo del rector o director de la Institución Educativa. El tipo de vinculación de este directivo no es obstáculo para que asuma la responsabilidad de realizar la evaluación de los docentes a su cargo.
Si bien podrán contar con el apoyo de los coordinadores de la Institución Educativa para realizar el proceso de evaluación de los docentes, esto no implica que la responsabilidad de evaluar sea delegable, pues siempre permanece en cabeza del rector o director rural.
Esto implica que la figura de comisiones evaluadoras, propia del sistema general de carrera administrativa, no es aplicable en el sistema especial de carrera docente, puesto que el tipo de vinculación del evaluador no es obstáculo para cumplir con las responsabilidades propias del cargo.
¿Qué pasa si mi calificación es “no satisfactoria”?
Si en evaluación de desempeño obtienes una calificación inferior al sesenta por ciento (65%), la cual se considera no satisfactoria, durante 2 años consecutivos, serás excluido del escalafón y, por lo tanto, retirado de tu cargo.
Si se trata de un directivo docente que proviene de la docencia estatal, será regresado al empleo docente para el cual concursó antes de ser directivo con el salario que corresponda a dicho cargo. Si no provenían de la docencia estatal, serán excluidos del Escalafón Docente y retirados del servicio.
Reclamaciones frente al resultado de una evaluación
Al recibir tu evaluación anual de desempeño laboral, puedes presentar recursos de reposición y apelación, que deben ser resueltos dentro de los 15 días hábiles siguientes a su presentación por tu inmediato superior y por tu superior jerárquico, respectivamente.
Una vez resueltos los recursos de ley o vencido el plazo para interponerlos, se entiende que el acto administrativo de evaluación queda en firme y queda agotada la vía gubernativa. Ahora, todavía dispondrías de la vía judicial y podrías presentar una demanda ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, estableciendo el tipo de actuación y los fundamentos de hecho y de derecho que consideras que se vulneraron con la expedición de la evaluación del desempeño.
¿Qué pasa si en curso del año académico estuve separado temporalmente del ejercicio de mi empleo?
Si estuviste separado de tus funciones por un término igual o mayor al periodo evaluable, no serás evaluado.
Si la separación de tu empleo fue por un término inferior al periodo evaluable, serás evaluado, siempre que en el respectivo año académico hayas laborado 3 meses continuos o discontinuos en la Institución Educativa.
¿Qué pasa si en curso del año académico fui trasladado a otra Institución Educativa?
Si al ser trasladado logras laborar en dicha Institución Educativa al menos por 3 meses, será su rector el que cuenta con la responsabilidad de realizar tu evaluación.
Si no completaste este tiempo en la Institución Educativa a la que fuiste trasladado, la evaluación debe ser adelantada por el rector o director rural de la Institución de origen, es decir aquella en la que trabajaste antes de ser trasladado.
¿Qué pasa si la persona encargada de evaluarme no lo hace?
Si dentro de los 5 días siguientes a la solicitud el o los responsables de evaluar no lo hicieren, se entenderá que superaste tu evaluación en el porcentaje mínimo satisfactorio.
¿Encontraste útil esta información? Si quieres lograr una vacante como docente o directivo docente en el servicio educativo estatal, es importante que comiences a prepararte desde ya. Como debes saber, en los concursos en los cuales se ofertan estos empleos pueden presentarse hasta cientos de personas para una sola vacante, por lo que es importante que obtengas excelentes resultados en las pruebas escritas.
Conoce la forma más efectiva de prepararte para las pruebas del Concurso Docentes y Directivos Docentes 2020.
Fuente: https://grupogeard.com/blog-post.php?slug=consiste-proceso-evaluacion-anual-docentes-colombia

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